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15/02/2022

¿Venir a estudiar a España? Esta guía te ayudará con lo que debes saber

¿Venir a estudiar a España? Esta guía te ayudará con lo que debes saber

por Voyaemigrar / lunes, 25 febrero 2019 / Publicado en Blog


Nuestro país no es sólo un lugar de especial interés para los turistas, sino que también cuenta con algunas de las escuelas de negocios más prestigiosas del mundo, además de poseer una amplia red de universidades, convirtiéndose en un lugar de reclamo para estudiantes de distintas partes del mundo que vienen a formarse a nuestro país.

Si a ello le sumamos que España es uno de los máximos receptores de estudiantes del programa Erasmus, y que el idioma español, es uno de los más demandados al constituir la segunda lengua más hablada del mundo, no nos cabe duda, de que España es el destino estrella para estudiar. Por ello, hemos elaborado esta guía, respondiendo a vuestras preguntas más frecuentas para despejar todas vuestras dudas, ¡toma nota!:

¿Cuánto tiempo puedo permanecer en España en situación de estancia? ¿Qué tengo que solicitar?


Puede permanecer en España, en situación de estancia por un periodo superior a 90 días, si va a desarrollar alguna de las siguientes actividades:

• Realizar o ampliar estudios en un centro autorizado, en un programa de tiempo completo con el que se obtenga un título o certificado de estudios

• Actividades de investigación o formación (siempre que no se trate de una actividad laboral, en cuyo caso tendrá que solicitar una autorización de residencia temporal y trabajo para investigación)

• Participar en un programa de movilidad de alumnos para seguir un programa de enseñanza secundaria y/o bachillerato en un centro oficialmente reconocido

• Prácticas no laborales en un organismo o entidad pública o privada

• Un programa de voluntariado que persiga objetivos de interés general

Los extranjeros que deseen permanecer en España para realizar alguna de estas actividades, deben obtener el visado correspondiente, que incluirá la autorización inicial para permanecer en España.

Sin embargo, los nacionales de los Estados que no están sometidos a la obligación de obtener un visado para cruzar las fronteras exteriores de la Unión Europea están exentos de la obligación de solicitar un visado de estudios, siempre que la duración de su estancia en España no supere los tres meses (90 días).

En este caso, el estudiante deberá presentar alguno de los siguientes documentos (además de acreditar el cumplimiento del resto de requisitos de entrada) :

1. Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y prácticos de formación.

2. Certificados relativos a los cursos seguidos.

Si la estancia es inferior o igual a seis meses, el visado, en su caso, es suficiente para permanecer en España y realizar la actividad para la que se ha concedido el visado.

Cuando la duración de la estancia autorizada supere los seis meses de duración, los ciudadanos extranjeros titulares de un visado de estudios, deberán solicitar, además, en el plazo de un mes desde su entrada en España, la tarjeta de estudiante extranjero ante la Oficina de Extranjeros o Comisaría de Policía correspondiente.

¿Qué documentos necesito para solicitar el visado?


• Modelo oficial de solicitud del visado (pulse aquí)

• Pasaporte o título de viaje reconocido en España por un vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia

• Si es menor de edad, autorización de sus padres o tutores, a no ser que venga acompañado, con constancia de la entidad y del periodo de estancia previsto

• Tener garantizados los medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y de sus familiares

• Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España

• Cuando la duración de la estancia supere los 6 meses, además:

–Certificado de no padecer una enfermedad susceptible de tener repercusiones de salud pública graves según el Reglamento Sanitario Internacional

–Si es mayor de edad penal, carecer de antecedentes en sus países anteriores de residencia, durante los últimos 5 años, por delitos previstos en España

Además, según la actividad para la que solicite estancia:

• Realización o ampliación de estudios: haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España para la realización de un programa de tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios

Actividades de investigación o formación: haber sido admitido en un centro reconocido oficialmente en España para la realización de dichas actividades. En el caso de investigación, dicho centro será una Universidad, un centro del Consejo Superior de Investigaciones Científicas u otra institución pública o privada de I+D.

• Participación en un programa de movilidad de alumnos:

-Haber sido admitido en un centro de enseñanza secundaria y/o bachillerato o científico oficialmente reconocido.

-Haber sido admitido en un programa de movilidad de alumnos, llevado a cabo por una organización oficialmente reconocida para ello.

-Que la organización se haga responsable del alumno durante su estancia, en particular en cuanto al coste de sus estudios, gastos de estancia y regreso a su país Ser acogido durante su estancia por una familia o institución seleccionada por la organización responsable del programa.

• Prácticas no laborales: haber sido admitido, en base a la firma de un convenio, en una empresa pública o privada o en un centro de formación profesional reconocido oficialmente

• En el caso de prestación de un servicio de voluntariado: Presentar un convenio firmado con la organización encargada del programa , que incluya una descripción de las actividades y condiciones para realizarlas, horario, recursos disponibles para cubrir su viaje, manutención y alojamiento durante su estancia Que la organización haya suscrito un seguro de responsabilidad civil por sus actividades

¿Cuánto tiempo me autoriza a permanecer en España el visado de estudios?


La duración de su estancia será igual a la de la actividad que vaya a desarrollar, con el límite máximo de un año. 

Puede prorrogarla si sigue cumpliendo las condiciones que se le exigieron y acredita que ha superado las pruebas o requisitos para continuar los estudios o que la investigación progresa. 

Para prorrogar su autorización debe solicitarlo durante los 60 días naturales previos a que expire su autorización (admitiéndose también en los 90 días posteriores a la misma, sin perjuicio de la imposición de la correspondiente sanción de multa), en el modelo oficial dirigida a la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia donde desarrolle su actividad.

¿Puedo traer a mis familiares si tengo un visado de estudios?


Sí. Los familiares del titular o solicitante de un visado de estudios (cónyuge, pareja de hecho e hijos menores de 18 años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer sus propias necesidades) pueden solicitar un visado para entrar y permanecer en España durante la vigencia de su autorización.

El extranjero tendrá que cumplir, además de estar en situación de estancia, los siguientes requisitos:

• Contar con medios económicos para el sostenimiento de su familia

• Acreditar el vínculo familiar o de parentesco

• Si la estancia es superior a 6 meses:

-Certificado de no padecer una enfermedad susceptible de tener repercusiones de salud pública graves según el Reglamento Sanitario Internacional Si es mayor de edad penal,

-Carecer de antecedentes en sus países anteriores de residencia, durante los últimos 5 años, por delitos previstos en España

Si su estancia fuera superior a 6 meses, sus familiares tendrán que solicitar también la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjero, en el plazo de un mes desde su entrada

Fuente Parainmigrantes.info

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