
Los extranjeros que deseen realizar simultáneamente actividades lucrativas por cuenta propia y ajena, habrán de obtener las autorizaciones de conformidad con los requisitos generales establecidos para la obtención de cada una de ellas, previa acreditación de la compatibilidad del ejercicio de ambas actividades lucrativas, en relación con su objeto y características, duración y jornada laboral
La autorización administrativa mediante la que se conceda la compatibilidad del ejercicio de actividades laborales y profesionales, tendrá una duración equivalente al período de vigencia de la autorización de trabajo, de la que fuera titular el extranjero, excepto en el caso de que se conceda sobre la base de un contrato o actividades de duración inferior
Los extranjeros que deseen desarrollar actividades por cuenta propia de forma simultánea en varias comunidades autónomas, y siempre en relación con el mismo sector de actividad, habrán de obtener las correspondientes autorizaciones de trabajo por cuenta propia, de conformidad con los requisitos relativos a la actividad, generalmente exigidos para la obtención de las mismas
¡Importante!Si posees autorización de trabajo por cuenta ajena y renuevas como trabajador por cuenta propia, corres el riesgo de una denegación, por no haber solicitado la compatibilidad previa..