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14/02/2022

Category: Noticias

9 países que otorgan permiso de trabajo a estudiantes venezolanos

domingo, 13 febrero 2022 por Voyaemigrar

Algunos países otorgan la oportunidad a estudiantes extranjeros de trabajar, una vez que finalizan su periodo de estudios.

Es una opción a la que pueden acceder venezolanos que buscan una vía para migrar.

Es importante destacar que la mayoría de los países que otorgan visas de estudio exigen que el solicitante demuestre haber sido admitido en una institución educativa del país y que posea los recursos económicos para mantenerse durante su periodo académico.

Para acceder a las visas de estudio se deben proveer los requisitos que solicita el gobierno del país al que se quiere viajar; dicha información suele estar expuesta en los sitios webs de las embajadas.

Australia

Reino Unido

Nueva Zelanda

Irlanda

EE. UU.

Canadá

Alemania

Singapur

Finlandia

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El desistimiento a la renuncia y no aceptación por parte del empleador es declarado como DESPIDO IMPROCEDENTE

lunes, 31 enero 2022 por Voyaemigrar

 Sentencia 176/2021 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo

Dos trabajadores de la empresa DIA, durante su jornada de trabajo cogieron un refresco y una bolsa de patatas que consumieron en el propio establecimiento, y que pagaron tras ser sorprendidos por el inspector del departamento de pérdidas.

El inspector llamó a la supervisora, quien les dijo a los trabajadores que debido a numerosas pérdidas la empresa puede despedirlos por motivos disciplinarios e incluso instar denuncia penal.

Salvo que firmen la baja voluntaria en el formulario proporcionado por la empresa. Lo cual hicieron ambos trabajadores.

A los 15 minutos uno de los trabajadores se retractó de la ren uncia firmada, pero la empresa replicó que ya había cursado la baja en la TGSS.

Ambos trabajadores denunciaron ante la Inspección de Trabajo, que multó a DIA con 6.251€ por falta de respeto a la intimidad y consideración debida a la dignidad de los trabajadores.

Posteriormente, los trabajadores demandaron a la empresa por despido.

Ambos despidos se calificaron como IMPROCEDENTES debido a que la empresa no aceptó el retracto de las renuncias firmadas conminando a la empresa al pago de la indemnización y salarios de tramitación correspondientes.

Los trabajadores recurrieron al Tribunal Supremo que consideró que no es intimidación la advertencia de la empresa a los trabajadores cuando ellos conocían las consecuencias de sus actos, por ende, el despido no es nulo.

¿necesitas asesoría jurídica en temas laborales y migración?.

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REGISTRO CONSULAR

sábado, 20 noviembre 2021 por Voyaemigrar


Pasos y requisitos para realizarlo en Madrid

Si usted es venezolan@ debe registrarse en el Consulado General de Venezuela en Madrid.

El Registro Consular es un requisito imprescindible para cualquier otro trámite.

Este Registro Consular no suple al Registro Electoral y es INDIVIDUAL.

En caso de requerir un Registro Consular para las autoridades españolas, debe tramitar un CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN CONSULAR.

¿CÓMO EFECTUAR EL REGISTRO CONSULAR?

Es indispensable que el solicitante adjunte en el formulario de registro, los siguientes recaudos, en formato PDF y con una resolución máxima de 300 PPP:

Copia legible de la Cédula de Identidad (si la tiene).

Copia legible de las siguientes páginas del pasaporte venezolano:

Las páginas donde se encuentren sus datos personales.

La página donde se encuentra la visa española vigente (si la hubiera).

En el caso de niños, niñas o adolescentes, copia de la partida de nacimiento y cédula de ambos padres (cuando corresponda) o del pasaporte (cuando el progenitor no es venezolano, ni ha residido en Venezuela).

En el caso de venezolanos nacidos fuera del país, copia de su partida de nacimiento.

En el caso de naturalizados, copia de la Gaceta Oficial (primera página donde aparece el número y la fecha de la misma, y la página donde aparece el interesado) o copia de la Constancia de Naturalización.

Copia de DNI o Tarjeta de Residencia, por ambas caras (si la tiene).

Copia del volante de empadronamiento actualizado (no mayor a tres meses de emisión).

Ingrese a la página web del Consulado de Venezuela en Madrid

REGISTRO CONSULAR
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¿Cuál es la vigencia de las actas de nacimiento/certificados de nacimiento en España?

lunes, 01 noviembre 2021 por Voyaemigrar

Según el Artículo 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil, las actas de nacimiento venezolanas no tienen fecha de expiración. 

¿Qué pasa en España dónde las partidas de nacimiento extranjera, los certificados (literales) de nacimiento SI tienen fecha de caducidad?

Tu partida de nacimiento en España según las normas es un documento extranjero que va a ser presentado para un trámite o procedimiento administrativo, así que es este país, España, quien regula la forma y vigencia que tendrán estos documentos extranjeros para los procedimientos administrativos que vayas a realizar.

Por ejemplo, en el trámite de nacionalidad española por residencia el Real Decreto 1004/2015, en su artículo 5.b) establece:

“Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso, salvo que el interesado acredite su condición de refugiado o apátrida, en los términos que determine el Ministerio de Justicia.”, no estableciendo que debe presentarse en vigor, solo que se encuentre debidamente traducido y legalizado.

Pero, la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, en el Anexo 4 correspondiente a la validez de la documentación que han de aportar los solicitantes de la nacionalidad española por residencia, establece que:

“Todos los documentos deberán estar en vigor en el momento de la solicitud. Para determinar la validez en el caso de los certificados se atenderá al plazo de vigencia que conste en el propio documento”.

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40 años de la Ley del Divorcio (Ley 30/1981, de 7 de julio)

viernes, 04 junio 2021 por Voyaemigrar

“El matrimonio se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges”. Menuda institución de sacrificio imperaba el entonces art. 52 del Código Civil de 1889 hasta que, en el año 1932, durante la II República, se legalizó el divorcio dictándose la primera sentencia en la historia de España en fecha 6 de septiembre.

No obstante, ese soplo de aire se esfumó rápidamente por cuanto dicha ley fue derogada durante la dictadura de Franco y la Transición, mediante Ley de 23 de septiembre de 1939.

Hagamos memoria…

Es importante acudir a la memoria de nuestro país porque la mayoría de personas, sobre todo las nuevas generaciones, creen que el divorcio existe desde siempre cuando en realidad no es así.

Es más, de forma libre, únicamente desde hace 16 años ya que no fue hasta el año 2005, Ley 15/2005 de 8 de julio cuando aterrizó el erróneo concepto del “divorcio exprés”, revolucionando absolutamente el derecho de familia.

Y no suficiente con ello, otra prueba de avance reciente es la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria de fecha 2 de julio la cual permite los divorcios y separaciones ante notario siempre y cuando resulten de forma amistosa y sin hijos en común.

Historia

En 1932 la Ley del Divorcio en la II República se dictara para que posteriormente fuera derogada. En aquella época, la sociedad era controlada por el hombre mientras que la mujer cuidaba de la familia y se ocupaba de las tareas del hogar.

A pesar de las numerosas críticas, en 1981 se aprobó la Ley 30/1981 de fecha 7 de julio modificando el Código Civil de 1889 respecto a las causas de separación, divorcio y nulidad matrimonial.

Y digo que las críticas llovieron porque, en la España de los años 80, la mentalidad todavía era demasiado convencional.

Curiosamente el confinamiento ha dado lugar a un gran número de procesos de divorcios por el desgaste en la pareja.

En el año 1981, podía solicitarse el divorcio si previamente se había separado el matrimonio después de llevar un año sin convivencia para descartar la reconciliación.

En el año 2005, el divorcio se podía activar de forma directa sin previa separación, pero a la vez, la Ley 15/2005 de 8 julio permitía el matrimonio y divorcio de personas con independencia de su sexo.

España se sitúa como el tercer país con más divorcios por cada matrimonio, seguido de Portugal y Luxemburgo.

Según el organismo estadístico europeo (Eurostat), Albania y Rumania son los que menos se divorcian.

No celebremos los 40 años de la Ley del Divorcio en sí, sino los 16 años del divorcio de forma justa, directa y libre.

El divorcio no es un problema, es la solución a un matrimonio que no funciona.

Fuente: www.economistjurist.es

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Ejercicios de cierre de año

domingo, 03 enero 2021 por Voyaemigrar

Nuestra querida psicóloga, amiga y coach migratorio Kare Puche
de @psicoencuentro nos ha preparado una lista con ejercicios que podemos hacer para cerrar este año 2020.

Así que lo publicamos en nuestro blog para que no lo dejen pasar.


Cuando va a finalizar un año es muy importante hacer un cierre de él, de las áreas o temas que tenemos pendientes, para de esta forma prepararnos a recibir desde haber dejado atrás aquello que nos ata. 

Algunos ejercicios que podemos hacer son los siguientes:

1. Realizar una lista de agradecimiento de aquellas cosas positivas que te sucedieron en el año, recuerda que siempre tenemos cosas por la cual dar gracias, a pesar de las circunstancias. 

2. Ubicar el área o las áreas a mejorar, aquellas que durante el año no estuvieron bien. Y hacer un cierre con ellas. 

3. Elaborar un plan de metas a corto plazo, cosas que queremos lograr durante los tres primeros meses del próximo año y metas a largo plazo, de seis meses en adelante. 

4. Establecer cosas pendientes que queremos hacer y dividirlas en urgentes y prioridades.

5. Hacer un ejercicio de perdón y liberación de personas, situaciones y cosas, que podemos escribir en unas tiritas de papel y luego quemarlas. 

6. Colocar una intención a cada proximo mes del año a iniciar.

7. Hacer recordatorio de motivaciones, escoger 5 razones que sean nuestra motivación de vida y tenerlas presente.

8. Vivir el aquí y el ahora, soltar el pasado y no agobiarnos por el futuro. 

2020 ha sido un año muy duro, pero de mucho aprendizaje, así que debemos cerrar este ciclo agradeciendo y sacando lo mejor de nosotros para seguir adelante.

Feliz año nuevo 2021 para todos nuestros clientes y amigos. 

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¿Vida y trabajo en España?

sábado, 03 octubre 2020 por Voyaemigrar

  Informarte es parte de la soluciónHablemos de Residencia y prórroga sin medios económicos

En cuanto al arraigo familiar sin medios económicos por ser progenitor de menor ciudadano de la Unión Europea, la Secretaría de Estado de Migraciones recuerda que:Aquellos nacionales de terceros países, que no cumplan con los requisitos exigidos para acceder a la Tarjeta de Familiar Comunitario, por ser padres de un menor con ciudadanía de la Unión Europea, podrán acogerse a la figura del arraigo familiar.Asimismo, podrán acceder a la prórroga de dicha autorización, tal y como marcan tanto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como el Tribunal Supremo Español.Por consiguiente, es primordial que siempre te asesores con profesionales para que asegures que tu mejor opción es la figura de arraigo familiar, cuando se emigra o iniciamos una nueva vida en España.

Tarjeta de Residencia de Familiar Comunitario para padres de menores ciudadanos de la Unión Europea

Desde el 21/09/2020 ha entrado en vigor una nueva Instrucción de la Dirección General de Migraciones, así que lee con detenimiento los detalles que te dejamos a continuación.

1º El progenitor nacional de tercer país de un menor de otro Estado miembro que se encuentre en España, podrá solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.Requisitos:El progenitor en cuestión deberá acreditar tanto para sí mismo como para los miembros de su familia, la tenencia de un seguro de enfermedad que dé cobertura a todos los riesgos en el Estado miembro de acogida.Por ende, el progenitor deberá acreditar recursos suficientes que garanticen que su estancia no supone carga económica alguna para el Estado miembro en cuestión.(No obstante, a partir de ahora la procedencia de estos medios, no puede ser en ningún caso motivo de denegación de la tarjeta de residencia)

.2º Cuando se trate de un progenitor nacional de un tercer país de un menor de nacionalidad española, accederán igualmente a la autorización de residencia atendiendo así a la jurisprudencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.Asimismo, la instrucción determina que la concesión o denegación de dicha autorización no podrá en ningún caso basarse en criterios automáticos.Hasta la fecha, tan solo podían acogerse a la figura del arraigo familiar, para accexder a la concesión o renovación de su autorización de residencia por un año y sus consecuentes prórrogas.

¿Qué es el “paro” en España y a quienes se les concede?

El “paro” es la prestación por desempleo se abona por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).Requisitos generales:* El trabajador tiene que haber perdido el empleo de forma involuntaria (por despido, finalización de contrato o expediente de regulación de empleo, entre otros).* Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.* Estar afiliado/a y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.* Encontrarse en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada. La solicitud incluye el compromiso de actividad.* Estar inscrito/a y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.* No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.* No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.* No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.¡Importante! El paro se cobra durante no menos de cuatro meses ni más de dos años.Trabajadores que no tienen derecho al paroPor el régimen laboral especial al que pertenecen, no tienen derecho a la prestación por desempleo:≥ Trabajadores de servicio doméstico≥ Los extranjeros titulares de las autorizaciones de trabajo para actividades de duración determinada≥ Los estudiantes con autorización de trabajo relacionada con la estancia por estudios.

Para más asesoría o apoyo en este o cualquier otro caso, puedes escribirnos a nuestro correo info@voyaemigrar.com

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Refuerzan el control de afluencia en el metro de Madrid

martes, 11 agosto 2020 por Voyaemigrar

El metro de Madrid ha reforzado el dispositivo de gestión de afluencia de viajeros en 12 estaciones con 90 personas entre trabajadores de la compañía y vigilantes de seguridad.

A través de este dispositivo, el personal de Metro y vigilantes distribuyen a los viajeros a lo largo de todo el andén de estas estaciones para gestionar la afluencia de usuarios.
 

Metro tiene en marcha otro dispositivo de control que consiste en un sistema automatizado para controlar y limitar el acceso a la red cuando se supera el aforo previsto que, actualmente, está implantado en 87 estaciones y opera en los tres tramos de hora punta del día.


Desde la compañía, sin embargo, esgrimen que este verano mantiene “la misma oferta de trenes que el año pasado en estas fechas”, a pesar de que, actualmente, hay un 40% de viajeros menos que en 2019.

#Voyaemigrar #MetrodeMadrid #Afluencia #Viajeros #España #Aglomeracionesenelmetro #Madrid #Verano 

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domingo, 12 julio 2020 por Voyaemigrar

Caso: Residencia con tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

El requisito más importante para solicitar la nacionalidad española por residencia es cumplir el plazo de residencia legal, de forma continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

Según sea el motivo por el que obtuviste la autorización de residencia mediante resolución de la Oficina de Extranjería deberás cumplir los años de residencia en España.

No siempre rigen los plazos desde que obtenemos la resolución, ya que para que esta sea efectiva deberán cumplirse; antes o después de su emisión; ciertos requisitos para que surta sus efectos.

En el caso de poseer residencia con tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión: “La expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión deberá realizarse en el plazo de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud. La resolución favorable tendrá efectos retroactivos, entendiéndose vigente la situación de residencia desde la fecha acreditada de entrada en España siendo familiar de ciudadano de la Unión.

(Art. 8.4 del R.D 240/2007)

Es decir, en líneas generales, si eres cónyuge de español o española por que se casaron en el extranjero, podrán contabilizar el año de residencia desde tu ingreso a territorio español como tal.

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¿No utilizaste los abonos transporte? Madrid te los compensará

miércoles, 17 junio 2020 por Voyaemigrar

Las solicitudes se tramitarán a partir del 6 de julio y hasta el 20 de octubre desde la web del Consorcio Regional de Transportes o a través del teléfono 012.

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La Comunidad de Madrid va a compensar todos los abonos transporte que no se hayan utilizado durante el tiempo que se ha prolongado el estado de alarma por el coronavirus.



Los usuarios del título mensual podrán realizar una carga equivalente a los días que no han hecho uso del mismo a través de una app específica o en los estancos y puntos de venta habituales.

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En el caso de los anuales, habrá una prórroga automática de tres meses, hasta marzo de 2021.

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“Es una medida que busca paliar las consecuencias económicas de esta crisis en el uso del transporte público y que beneficia directamente al bolsillo del contribuyente”

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