¿Tienes alguna pregunta? Llámanos al: +34 680 38 53 46

Voy a Emigrar

  • CARRITO
    No products in cart.
  • Inicio
  • La Decisión
    • Puntos a evaluar
      • Aspectos emocionales
      • Organízate
      • Mi Mudanza
      • Mi Mascota
    • Dejar atrás
  • Tipos de inmigrantes
    • Solo
    • En Pareja
      • Heterosexuales
      • LGTB
      • Tercera Edad
    • En Familia
      • Niños y adolescentes
    • Estudiantes
    • Emprendedor
    • Refugiado
  • El Destino
    • España
      • Aspectos
        • Salud
        • Vivienda
        • Ciudades
        • Educación
        • Alimentación
        • Transporte
        • Servicios
        • Seguros
        • Apertura de cuentas bancarias
      • Visados
        • Arraigo Social, Laboral
        • Reagrupación familiar
        • Residencia no lucrativa
        • Comunitario
        • Emprendedor
        • Estudiantes
      • Asuntos legales
        • Condición de ilegalidad
        • Refugiado o Asilo político
        • Exequátur
        • Obtener la nacionalidad española
      • Trabajo
        • El empleo y la seguridad social
        • Ayuda al inmigrante retornado
        • Quiero ser emprendedor
        • Festivos
      • El Clima
      • Directorio de Instituciones y Servicios Consulares
      • Documentación para emigrar
      • Homologaciones y canjes
    • Estados Unidos
    • Italia
    • Portugal
  • Ya llegué
    • Adáptate, reinvéntate e intégrate
    • No me va bien S.O.S
  • Multimedia
  • Noticias
  • Blog
  • Publicidad
  • Contacto
  • Eventos
  • Inicio
  • Blog
  • Blog
  • Derechos de los inmigrantes en España
15/02/2022

Derechos de los inmigrantes en España

Derechos de los inmigrantes en España

por Voyaemigrar / lunes, 02 septiembre 2019 / Publicado en Blog

Cuando decides ser inmigrante, son diversos los puntos que es importante que sepas y tengas claro, para que conozcas las ayudas y derechos con los que cuentas en España.

¿Tienen derecho los inmigrantes a las mismas ayudas que los españoles?

La ley de Extranjería (art. 14) recoge que para acceder a todo el catálogo de prestaciones de la Seguridad Social y de los servicios sociales es necesario tener residencia legal.

Teniendo esta residencia, pueden acceder a las ayudas en las mismas condiciones que los españoles. Esto es; la condición de extranjero en ningún caso supone ventaja o incremento de las posibilidades para acceder a los servicios públicos.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos suscrita por España establece que «todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos«, sin importar la raza, color, sexo, religión u opinión política.

Por ende, cada una de las ayudas sociales tiene unos requisitos particulares, pero la condición de extranjero en ningún caso supone ventaja o incremento de las posibilidades para acceder a los servicios públicos: estas se otorgan en función de la situación socioeconómica personal o familiar de las personas, con independencia de su nacionalidad.

¿Cuál es la situación de los irregulares?

Los inmigrantes irregulares sí tienen derecho a servicios y prestaciones sociales básicas, dirigidos a toda la población con independencia de sus características sociales o demográficas.

Son el primer nivel de atención, como respuesta cercana ante cualquier demanda o necesidad, y los facilitan ayuntamientos y comunidades autónomas para situaciones de emergencia social.

Son servicios y prestaciones sociales básicas la atención social primaria, la atención domiciliaria, de comedor, los centros abiertos para menores de 18 años y a las ayudas de urgencia social.

Una persona en situación irregular puede empadronarse en un municipio (los requisitos para hacerlo varían en función de cada uno) y acceder así a la asistencia sanitaria o la escolarización.

Además, en cada localidad habitualmente existen organizaciones (Cruz Roja, ACCEM, CEPAIM, Cáritas, Red Acoge…) que trabajan con personas en situación de vulnerabilidad, independientemente de la situación administrativa en la que se encuentren.

Ayudas de vivienda

La ley de Extranjería dice que “los extranjeros residentes tienen derecho a acceder a los sistemas públicos de ayudas en materia de vivienda en los términos que establezcan las leyes y las Administraciones competentes.

En todo caso, los extranjeros residentes de larga duración tienen derecho a dichas ayudas en las mismas condiciones que los españoles”.

De nuevo, la residencia legal (y en este caso, de larga duración) se convierte en requisito esencial para recibir estas ayudas. Y, además, hacerlo en las mismas condiciones que los españoles, nunca con un acceso mayor que un español.

¿Qué hay de los refugiados?

Son inmigrantes que llegan a España de forma legal o ilegal pero que han huido de su país a causa de un conflicto, persecución o violación de derechos humanos.

La Convención Internacional de Ginebra garantiza el asilo a los refugiados, que consiste en la protección ofrecida por un Estado a determinadas personas cuyos derechos fundamentales se encuentran amenazados por actos de persecución o violencia.

Para los refugiados, el Gobierno español ofrece una asignación económica para favorecer su integración, cubrir sus necesidades fundamentales y adquirir habilidades para la participación en la sociedad.

Estas ayudas se podrán percibir por un periodo de 6 meses prorrogable por otros 6 y son:

– Necesidades básicas

– Alquiler de vivienda

–Adquisición de vestuario

Sabemos que iniciar una nueva vida en un nuevo destino, es algo nada fácil para los que dieron el paso.

Para eso en Voy a Emigrar contamos con profesionales capacitados que pueden orientarte y ayudarte en el antes, durante y después de tu proceso migratorio.

No dejes para mañana lo que puedas hacer hoy.

Escríbenos info@voyaemigrar.com

About Voyaemigrar

What you can read next

Diferencias entre Matrimonio y Parejas de Hecho
Nuevas medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19
Emigrar a España

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

El Criollito
Eurolivares
VAE Productos II
Revista Venezolana

+ INFORMACIÓN

  • Política de Privacidad de Datos
  • Contacto
  • Blog

DATOS DE CONTACTO

680 38 53 46
Email: info@voyaemigrar.com

Calle de la Montera 24, Piso 2, Oficina H. 28013 Madrid

Abrir en Google Maps

Please fill all widget/element settings!
  • SOCIALÍZATE
Voy a Emigrar

© 2018. All rights reserved.

SUBIR

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies