
Si el empleo autónomo tiene alguna ventaja con respecto al empleo por cuenta ajena, las condiciones de la jubilación no son una de ellas. Por lo menos, es lo que indica la gran mayoría de los trabajadores por cuenta propia. El 80% de ellos señala la jubilación como la preocupación más acuciante, superada solo por la pérdida de clientes, según el último estudio sobre hábitos de ahorro.
Unas consecuencias que los directos interesados anticipan: al 92% de ellos les causa desasosiego que sus pensiones puedan ser más bajas en el futuro, y al 89,5% les preocupa perder calidad de vida. Una proporción muy alta de trabajadores por cuenta propia —cdaasi el 80%— asume, además, que tendrá que retirarse más tarde que los asalariados. Algo que, de hecho, ya ocurre, puesto que la edad real de jubilación en el régimen de autónomos es de 65 años y 9 meses, y en el general es de 63 años y 8 meses, como muestran los datos que maneja la Asociación de Trabajadores Autónomos.
El autónomo debería poder elevar temporalmente su base de cotización cuando sus ingresos lo permitan, y reducirla cuando no los tenga, para luego elegir principalmente entre los años de buenas cotizaciones para su pensión. Los gastos del autónomo se tienen que amoldar a unos ingresos muchas veces cambiantes, si no, cotizará por la mínima o dejará de hacerlo y abandonará la actividad, ante la imposibilidad de hacer frente a sus cuotas sociales”.
El autónomo tiende a elevar la cotización cuando se acerca la edad de la jubilación, lo ideal sería intentar ir subiendo cuanto antes, en la medida de lo posible, después de haber simulado cómo revertirá cada euro que cotice de más.
Una opción sería contra con un plan de pensiones, esto trata de mantener una aportación constante al sistema público, combinada con un modelo que diversifique el riesgo de longevidad con cobertura de salud, dependencia y pensión, es decir, un autónomo que tiene cuota fija de Seguridad Social con unos ingresos fluctuantes, tiene que realizar una gestión muy activa de su gasto para llegar a fin de mes y destinar lo que le quede a un plan complementario de ahorro.
El Gobierno aprobó este mes la medida por la que quienes hagan aportaciones a planes privados de pensiones puedan rescatarlos, si así lo desean, transcurridos 10 años desde el ingreso realizado. De esta forma, a partir de 2025 se podrán retirar los importes relativos a las aportaciones realizadas antes de 2015, y así seguidamente. Asimismo, el Ejecutivo estableció una reducción de las comisiones, que bajan del 1,75% a una media del 1,45%. Una decisión que va en el sentido correcto, para quien el hecho de saber que, en el caso de tener algún problema y si ha pasado una década, el plan se puede rescatar, es una garantía importante.
No quita que, para fomentar aun más este tipo de ahorro, se debería permitir al autónomo rescatar de forma anticipada el plan de pensiones en caso de cese de actividad, por motivos económicos, técnicos o productivos.