¿Tienes alguna pregunta? Llámanos al: +34 680 38 53 46

Voy a Emigrar

  • CARRITO
    No products in cart.
  • Inicio
  • La Decisión
    • Puntos a evaluar
      • Aspectos emocionales
      • Organízate
      • Mi Mudanza
      • Mi Mascota
    • Dejar atrás
  • Tipos de inmigrantes
    • Solo
    • En Pareja
      • Heterosexuales
      • LGTB
      • Tercera Edad
    • En Familia
      • Niños y adolescentes
    • Estudiantes
    • Emprendedor
    • Refugiado
  • El Destino
    • España
      • Aspectos
        • Salud
        • Vivienda
        • Ciudades
        • Educación
        • Alimentación
        • Transporte
        • Servicios
        • Seguros
        • Apertura de cuentas bancarias
      • Visados
        • Arraigo Social, Laboral
        • Reagrupación familiar
        • Residencia no lucrativa
        • Comunitario
        • Emprendedor
        • Estudiantes
      • Asuntos legales
        • Condición de ilegalidad
        • Refugiado o Asilo político
        • Exequátur
        • Obtener la nacionalidad española
      • Trabajo
        • El empleo y la seguridad social
        • Ayuda al inmigrante retornado
        • Quiero ser emprendedor
        • Festivos
      • El Clima
      • Directorio de Instituciones y Servicios Consulares
      • Documentación para emigrar
      • Homologaciones y canjes
    • Estados Unidos
    • Italia
    • Portugal
  • Ya llegué
    • Adáptate, reinvéntate e intégrate
    • No me va bien S.O.S
  • Multimedia
  • Noticias
  • Blog
  • Publicidad
  • Contacto
  • Eventos
  • Inicio
  • Blog
  • Noticias
  • Vives en España y te convertiste en Autónomo ¿Qué te espera cuando te jubiles?
13/02/2022

Vives en España y te convertiste en Autónomo ¿Qué te espera cuando te jubiles?

Vives en España y te convertiste en Autónomo ¿Qué te espera cuando te jubiles?

por Venoni Quintero / miércoles, 18 abril 2018 / Publicado en Noticias

Si el empleo autónomo tiene alguna ventaja con respecto al empleo por cuenta ajena, las condiciones de la jubilación no son una de ellas. Por lo menos, es lo que indica  la gran mayoría de los trabajadores por cuenta propia. El 80% de ellos señala la jubilación como la preocupación más acuciante, superada solo por la pérdida de clientes, según el último estudio sobre hábitos de ahorro.

Unas consecuencias que los directos interesados anticipan: al 92% de ellos les causa desasosiego que sus pensiones puedan ser más bajas en el futuro, y al 89,5% les preocupa perder calidad de vida. Una proporción muy alta de trabajadores por cuenta propia —cdaasi el 80%— asume, además, que tendrá que retirarse más tarde que los asalariados. Algo que, de hecho, ya ocurre, puesto que la edad real de jubilación en el régimen de autónomos es de 65 años y 9 meses, y en el general es de 63 años y 8 meses, como muestran los datos que maneja la Asociación de Trabajadores Autónomos.

El autónomo debería poder elevar temporalmente su base de cotización cuando sus ingresos lo permitan, y reducirla cuando no los tenga, para luego elegir principalmente entre los años de buenas cotizaciones para su pensión. Los gastos del autónomo se tienen que amoldar a unos ingresos muchas veces cambiantes, si no, cotizará por la mínima o dejará de hacerlo y abandonará la actividad, ante la imposibilidad de hacer frente a sus cuotas sociales”.

El autónomo tiende a elevar la cotización cuando se acerca la edad de la jubilación, lo ideal sería intentar ir subiendo cuanto antes, en la medida de lo posible, después de haber simulado cómo revertirá cada euro que cotice de más.

Una opción sería contra con un plan de pensiones, esto trata de mantener una aportación constante al sistema público, combinada con un modelo que diversifique el riesgo de longevidad con cobertura de salud, dependencia y pensión, es decir, un autónomo que tiene cuota fija de Seguridad Social con unos ingresos fluctuantes, tiene que realizar una gestión muy activa de su gasto para llegar a fin de mes y destinar lo que le quede a un plan complementario de ahorro.

El Gobierno aprobó este mes la medida por la que quienes hagan aportaciones a planes privados de pensiones puedan rescatarlos, si así lo desean, transcurridos 10 años desde el ingreso realizado. De esta forma, a partir de 2025 se podrán retirar los importes relativos a las aportaciones realizadas antes de 2015, y así seguidamente. Asimismo, el Ejecutivo estableció una reducción de las comisiones, que bajan del 1,75% a una media del 1,45%. Una decisión que va en el sentido correcto, para quien el hecho de saber que, en el caso de tener algún problema y si ha pasado una década, el plan se puede rescatar, es una garantía importante.

No quita que, para fomentar aun más este tipo de ahorro, se debería permitir al autónomo rescatar de forma anticipada el plan de pensiones en caso de cese de actividad, por motivos económicos, técnicos o productivos.

Fuente: El País

About Venoni Quintero

What you can read next

Hoy 19 de marzo “Día del Padre ” en España
32 artistas se unieron en la frontera colombiana en concierto Venezuela Aid Live por la libertad
Concierto en Madrid: Moreira & Chester “Al Sonido de 2”

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

El Criollito
VAE Productos II
Eurolivares
Revista Venezolana

+ INFORMACIÓN

  • Política de Privacidad de Datos
  • Contacto
  • Blog

DATOS DE CONTACTO

680 38 53 46
Email: info@voyaemigrar.com

Calle de la Montera 24, Piso 2, Oficina H. 28013 Madrid

Abrir en Google Maps

Please fill all widget/element settings!
  • SOCIALÍZATE
Voy a Emigrar

© 2018. All rights reserved.

SUBIR

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies