¿Tienes alguna pregunta? Llámanos al: +34 680 38 53 46

Voy a Emigrar

  • CARRITO
    No products in cart.
  • Inicio
  • La Decisión
    • Puntos a evaluar
      • Aspectos emocionales
      • Organízate
      • Mi Mudanza
      • Mi Mascota
    • Dejar atrás
  • Tipos de inmigrantes
    • Solo
    • En Pareja
      • Heterosexuales
      • LGTB
      • Tercera Edad
    • En Familia
      • Niños y adolescentes
    • Estudiantes
    • Emprendedor
    • Refugiado
  • El Destino
    • España
      • Aspectos
        • Salud
        • Vivienda
        • Ciudades
        • Educación
        • Alimentación
        • Transporte
        • Servicios
        • Seguros
        • Apertura de cuentas bancarias
      • Visados
        • Arraigo Social, Laboral
        • Reagrupación familiar
        • Residencia no lucrativa
        • Comunitario
        • Emprendedor
        • Estudiantes
      • Asuntos legales
        • Condición de ilegalidad
        • Refugiado o Asilo político
        • Exequátur
        • Obtener la nacionalidad española
      • Trabajo
        • El empleo y la seguridad social
        • Ayuda al inmigrante retornado
        • Quiero ser emprendedor
        • Festivos
      • El Clima
      • Directorio de Instituciones y Servicios Consulares
      • Documentación para emigrar
      • Homologaciones y canjes
    • Estados Unidos
    • Italia
    • Portugal
  • Ya llegué
    • Adáptate, reinvéntate e intégrate
    • No me va bien S.O.S
  • Multimedia
  • Noticias
  • Blog
  • Publicidad
  • Contacto
  • Eventos
  • Inicio
  • Blog
  • Noticias
  • ¿Cómo funciona la Seguridad Social en España?
09/03/2021

¿Cómo funciona la Seguridad Social en España?

¿Cómo funciona la Seguridad Social en España?

por Venoni Quintero / domingo, 04 febrero 2018 / Publicado en Noticias

La Seguridad Social de España es el principal sistema de protección social del Estado. Su finalidad es garantizar unas prestaciones sociales concretas e individualizadas, para hacer frente a determinadas contingencias que pueden situar a la persona  (y a quienes dependan de ella) en situación de necesidad.1​ La regulación básica de la Seguridad Social se encuentra en el artículo 41 de la Constitución y en el texto refundido de la ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015). La Seguridad Social engloba una modalidad contributiva, de ámbito profesional y financiación según las cotizaciones de los afiliados; y una modalidad no contributiva, de ámbito universal y financiación a cargo de aportaciones de los Presupuestos Generales del Estado.

 La Seguridad Social funciona de la siguiente manera:
  • Mediante una modalidad contributiva: englobando las contribuciones de ámbito profesional y financiación según las cotizaciones de los afiliados. Las cotizaciones sociales o cuotas son el porcentaje que empresas y trabajadores aportan a la Seguridad Social sobre el salario de los propios trabajadores. Las empresas aportan un 23,6% y los trabajadores un 4,7% de su salario.
  • Mediante una modalidad no contributiva: más bien de ámbito universal y financiación a cargo de aportaciones de los Presupuestos Generales del Estado. Con ellas se financian la asistencia sanitaria, los complementos para mínimos de las pensiones y el presupuesto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

La SS se encuentra regulada en el artículo 41 de la Constitución Española y en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994).

Afiliación, inscripción y cotización

La afiliación es obligatoria y única para la vida de la persona y para todo el sistema.

Las altas (o registro) y bajas (deregistro), iniciales o sucesivas, han de reflejar formalmente la vida laboral de la persona. El plazo para dar de baja en la Seguridad Social a un trabajador será de 6 días naturales contados a partir del día siguiente al cese de la actividad laboral.

La cotización (o pago de cuotas) es obligatoria desde el mismo momento en que se realiza la actividad (aunque no se haya realizado formalmente la afiliación, alta o baja). Cualquier persona puede consultar el tiempo que ha cotizado en la seguridad social. El informe que acredita esta información es el llamado “Certificado de vida laboral” y puede solicitarse por internet , por sms o por teléfono.

Inscripción del empleador y CCC

Los empresarios y empleadores, como requisito previo e indispensable a la iniciación de sus actividades, solicitarán su inscripción en el Régimen General de la Seguridad Social, haciendo constar la entidad gestora (INSS) o, en su caso, la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que haya de asumir la protección por estas contingencias del personal a su servicio.

En España se emplea el Código de Cuenta de Cotización (CCC), un código numérico (11 dígitos) que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna a las empresas y empleadores cuando se inscriben y por el que las identifica en el pago de las cuotas. Utiliza la siguiente estructura: Código provincial (2 dígitos) – Número de inscripción – Dígitos de control (2 dígitos). Suele ir precedido por el código del régimen de seguridad social, siendo el más empleado el del régimen general (0111).

Acción protectora

La acción protectora de la Seguridad social comprenderá:

  1. La asistencia sanitaria (atención primaria y hospitalaria), en los casos de maternidad, enfermedad común o profesional y de accidentes, sean o no de trabajo.
  2. La recuperación profesional en los casos anteriores
  3. Prestaciones económicas en las situaciones de:
    • Incapacidad temporal
    • Maternidad
    • Muerte y supervivencia
    • En sus modalidades contributiva o no contributiva.
    • Invalidez
    • Jubilación
    • Desempleo
  4. Las prestaciones de servicios sociales en materia de reeducación y rehabilitación de inválidos y asistencia a la tercera edad.
  5. Igualmente, como complemento de las anteriores, los beneficios de la asistencia social.

Para mayor información, ingresar a: www.seg-social.es

 

About Venoni Quintero

What you can read next

¿Vacaciones en España? apunta estas recomendaciones
Madrid: Patrimonio y el Ayuntamiento convertirán el entorno del Palacio Real en un nuevo eje cultural
¡CUIDADO! Estos son los peores trabajos de Madrid

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

El Criollito
VAE Productos II
Revista Venezolana
Eurolivares

+ INFORMACIÓN

  • Política de Privacidad de Datos
  • Contacto
  • Blog

DATOS DE CONTACTO

680 38 53 46
Email: info@voyaemigrar.com

Calle de la Montera 24, Piso 2, Oficina H. 28013 Madrid

Abrir en Google Maps

Please fill all widget/element settings!
  • SOCIALÍZATE
Voy a Emigrar

© 2018. All rights reserved.

SUBIR

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies