
En España el Padrón es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual, existe el certificado y el volante, acá la descripción:
Certificado
Es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual. Se solicita en los casos en que el documento tenga que presentarse ante los siguientes organismos o para las siguientes tramitaciones:
- Organismos judiciales (juzgados y tribunales)
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Organismos militares o autoridades extranjeras
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Registro Civil (matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos y adopciones, etc.)Declaraciones de herederos
- Otros Registros Oficiales, Centros penitenciarios, Dirección de Aduanas, SEPE, Universidades
- Residencia por arraigo (es necesario acreditar tres años de residencia)
- Reconocimiento de situación de dependencia
Volante
Es un documento de carácter informativo que indica la residencia y el domicilio habitual. En las tramitaciones de los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y de la Comunidad de Madrid, en los que esté disponible el servicio, no será necesario aportar este documento, si el interesado AUTORIZA a la Administración correspondiente a comprobar su domicilio padronal. Se solicita entre otras, en las siguientes tramitaciones:
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Para la expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI)
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Matriculación de vehículos
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Bonos de piscina, ayudas de Servicios Sociales
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Trámites en los procedimientos de la Comunidad de Madrid
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Trámites en los que no se exija expresamente el certificado
Para mayor información ingresar a: sede.madrid.es