
Hacienda tiene sobre la mesa suspender el pago en abril de IVA e IRPF a pymes y autónomos y podría aprobarlo en breve.
El plan que ultima el departamento comandado por María Jesús Montero consiste en suspender el pago en abril de las declaraciones trimestrales de IVA y las retenciones de IRPF a aquellas pymes y autónomos con un nivel de facturación inferior a 600.000 euros, además del pago fraccionado de Sociedades, que se hace efectivo este mes.
Esta era la reclamación de organizaciones de trabajadores por cuenta propia como ATA. Ahora Hacienda se dispone a aprobar este paquete de alivio, aunque no está asegurado si lo hará en el Consejo de Ministros. Unos tres millones de pymes y autónomos se verían beneficiados por esta decisión de suspender temporalmente el pago de impuestos en abril para pasarlo a otro mes.
Junto a ello, se permitirá que los autónomos que así lo deseen puedan renunciar a tributar en el régimen de estimación objetiva o de módulos sin tener que quedarse fuera, como hasta ahora, tres años. El régimen de módulos, en el que están unos 400.000 autónomos, permite declarar de forma más sencilla a aquellos trabajadores por cuenta propia que facturen menos de 250.000 euros.
400.000 autónomos en módulos
Posteriormente se vería como se vuelve al régimen, pero de esta forma se flexibilizaría el acogerse a este sistema y no pagar así la cuota ahora sin tener que renunciar tres años al mismo. El primer pago, con efectos retroactivos desde el 1 de enero, acaba su plazo el 20 de abril.
La medida se trataría de un diferimiento en el cobro de los impuestos, no una condonación, y permitiría a las pequeñas empresas y trabajadores por cuenta propia disponer de más tiempo para hacer sus declaraciones y cumplir con Hacienda en un momento en el que requieren de liquidez, ante la destrucción de actividad y el confinamiento decretado por el estado de alarma.
El plazo para declarar el IVA arrancó el 1 de abril y acaba el 20 de este mes, si bien el tiempo para domiciliar las declaraciones vence el 15 de abril, un día después del próximo Consejo de Ministros del martes 14. En cuanto a las retenciones de IRPF, se deben pagar hasta el 20 de abril (con el modelo 130 en caso de los autónomos), de forma que la siguiente cuota no se produce hasta el 20 de julio.
En los últimos días, el Consejo General de Economistas y de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) habían remitido cartas al Ministerio para alargar el plazo del IRPF y del IVA ante la difícil situación del estado de alarma. El propio Defensor del Pueblo había recogido la reclamación e instaba a Hacienda en una misiva a alargar los plazos de abril a mayo en el IVA y el IRPF a pymes y autónomos, además de prorrogar al 30 de septiembre la campaña de la Renta.
Fuente: BBC