
Sabías que, España no puede denegar la residencia de larga duración a los ciudadanos de terceros países por poseer antecedentes penales
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declara quelos Estados Miembros de la UE no pueden rechazar la condición de residente UE larga duración a los ciudadanos no comunitarios debido a los antecedentes penales, sin tener en cuenta otros factores.
Según el TJUE, tener antecedentes penales no debe implicar el rechazo automático del estatuto de residente de larga duración, como interpretan los tribunales en España.
Una denegación de ese tipo obliga a tener en cuenta aspectos como la gravedad o el tipo de delito cometido y el peligro que la persona representa para el orden público o la seguridad pública, así como la duración de su residencia en el país de acogida y sus vínculos con ese Estado.
La decisión de los jueces del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se refiere a dos casos planteados en España, cuando ciudadanos extranjeros recurrieron la decisión de las autoridades nacionales de denegarles el estatuto de residente de larga duración debido a que los interesados tenían antecedentes penales.
Fuente: Efe (Bruselas)