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25/02/2021

¿Sabes lo que puede y no hacer un consulado por ti?

¿Sabes lo que puede y no hacer un consulado por ti?

por Voyaemigrar / lunes, 27 agosto 2018 / Publicado en Blog

Es importante para aquellos ciudadanos que deseen o están en proceso de llegar a España, que hay ciertos procedimientos que los consulados y embajadas pueden hacer por ti, por ello es súper importante que te mantengas informado y asesorado.

Como parte de la Administración del Estado, las Embajadas y Consulados de España tienen unas determinadas competencias. A continuación se resume lo que un Consulado puede y no puede hacer por ti.

Las Embajadas y Consulados pueden:

Expedir pasaportes o salvoconductos debido a caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal. Con el objeto de regresar a España, la Embajada o el Consulado pueden expedirte, durante el horario de oficina, un documento de viaje que tendrá una validez limitada

Dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales del país. También puedes consultar la sección Vivir en… de la página web de la Representación de España en el país de destino.

En caso de detención tienes derecho a solicitar a las autoridades locales que te pongan inmediatamente en contacto con el Cónsul de España.

Prestar asistencia a los detenidos: notificar la detención a sus familiares si el detenido así lo desea, visitarle periódicamente, entregarle y recibir mensajes y correspondencia.

Proporcionar información acerca de trámites y costes relacionados con el traslado de cadáveres, así como de empresas locales dedicadas a esta materia.

Adelantarte, en circunstancias excepcionales, la cantidad necesaria para una repatriación, que deberá reintegrarse al Tesoro Público dentro de los plazos establecidos por la Ley.

Prestarte servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.

Asistirte en caso de catástrofe o emergencia.

Las Embajadas y Consulados no pueden:

Renovar o expedir el Documento Nacional de Identidad.

Realizar funciones de agencia de viajes.

Buscarte un trabajo en el extranjero.

En caso de detención u hospitalización, garantizarte un tratamiento mejor que el otorgado a los nacionales del país.

Avalarte, prestarte dinero o pagar tus multas.

Poner a tu disposición personal para que actúe como intérprete, guía o asistente social.

Abonar los gastos de traslado de restos mortales a España o realizar actuaciones relacionadas que en el ámbito de este traslado, corresponden a los familiares.

Garantizarte la entrada en el país.

Personarse en tu nombre en un litigio o proporcionarte dictámenes jurídicos.

Fuente www.exteriores.gob.es

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