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15/02/2022

Trabajar, estudiar y residir en España

Trabajar, estudiar y residir en España

por Voyaemigrar / lunes, 11 junio 2018 / Publicado en Blog

Los ciudadanos extranjeros que tengan la intención de realizar en España cualquier actividad lucrativa, laboral o profesional, deberán reunir los siguientes requisitos:

– Ser mayor de dieciséis años, salvo que la actividad laboral se realice por cuenta propia, en cuyo caso, se exige ser mayor de dieciocho años.

– Obtención de la correspondiente autorización previa para residir y trabajar en España. Dicha autorización deberá ser solicitada por el empleador que ofrezca el contrato de trabajo.

– Obtención de visado una vez haya sido emitida la autorización de residencia y trabajo

¿Qué debe hacer un trabajador extranjero cuando llega a España?

Tras su llegada a España, los trabajadores extranjeros deberán:

– Causar alta en el Régimen de Seguridad Social correspondiente

– Solicitar la tarjeta de identidad de extranjero

 Los ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares, siempre que estos últimos viajen o se reúnan con dichos ciudadanos, están sometidos a un régimen jurídico específico en base a los derechos reconocidos por los Tratados.

Si lo que deseas es estudiar en España, existe una amplia red de universidades, es un destino relevante en cuanto a oferta educativa. Te estarás preguntando ¿Cómo estudiar en España?

Los ciudadanos extranjeros que deseen permanecer en España para cursar o ampliar estudios, realizar actividades de investigación o formación, prácticas no remuneradas, participar en intercambios de alumnos o llevar a cabo servicios de voluntariado, deberán obtener el correspondiente visado, que incluirá la autorización inicial de estancia en España. No obstante, los nacionales de determinados países están exentos de obtener visado siempre y cuando la duración de la estancia en España no supere los tres meses.

Trámites en España

Cuando la duración de la estancia autorizada supere los seis meses, los ciudadanos extranjeros titulares de un visado para cursar o ampliar estudios, realizar actividades de investigación o formación, prácticas no remuneradas, intercambio de alumnos o servicios de voluntariado, deberán solicitar, en el plazo de un mes desde su entrada en España, la tarjeta de estudiante extranjero ante la Oficina de Extranjeros o Comisaría de Policía correspondiente.

Ciudadanos de la Unión Europea

Los ciudadanos de la UE y sus familiares, siempre que estos últimos viajen o se reúnan con dichos ciudadanos, están sometidos a un régimen jurídico específico derivado de los derechos reconocidos por los Tratados.

La posibilidad de residir en España está abierta a todos aquellos que puedan demostrar un motivo o vinculación suficiente.

Los ciudadanos extranjeros que deseen residir en España deben haber sido previamente autorizados para ello. Una vez obtenida dicha autorización, se deberá obtener el correspondiente visado que permita la entrada en España.

La residencia en España puede ser de carácter temporal o permanente.

La residencia temporal es la situación que autoriza a permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a cinco años. Las autorizaciones de duración inferior a cinco años podrán renovarse periódicamente, a petición del interesado, atendiendo a las circunstancias que motivaron su concesión.

La autorización inicial de residencia temporal que no comporte autorización de trabajo se concederá a los extranjeros que dispongan de medios suficientes para sí y, en su caso, para los de su familia.

La normativa en vigor establece el procedimiento y requisitos necesarios para la obtención de una autorización de residencia y trabajo en España para la realización de actividades lucrativas tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles.

Tendrán derecho a residencia de larga duración los ciudadanos extranjeros que hayan tenido residencia temporal en España durante cinco años de forma continuada y que reúnan las condiciones que se establezcan reglamentariamente. A los efectos de obtener la residencia de larga duración computarán los periodos de residencia previa y continuada en otros Estados miembros, como titular de la tarjeta azul de la UE. Se considerará que la residencia ha sido continuada aunque por períodos de vacaciones u otras razones que se establezcan reglamentariamente el extranjero haya abandonado el territorio nacional temporalmente.

Ciudadanos de la UE

Los ciudadanos de la UE y sus familiares, siempre que estos últimos viajen o se reúnan con dichos ciudadanos, están sometidos a un régimen jurídico específico derivado de los derechos reconocidos por los Tratados.

Fuente: www.exteriores.gob.es

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